Ecovis Barcelona

Debe realizarse hasta el próximo 7 de noviembre.

Cuando el resultado de la declaración del IRPF resulta a ingresar, los contribuyentes pueden acogerse al fraccionamiento que ofrece Hacienda en estos casos, haciendo efectivo un 60% de la suma a ingresar dentro del plazo legal de declaración e ingresando el 40% más adelante. Este fraccionamiento puede realizarse sin devengo de intereses de demora ni recargos, y tampoco deben aportarse garantías.

Pues bien, si al presentar su declaración de IRPF de 2021 optó por dicho fraccionamiento, recuerde que el próximo 7 de noviembre de 2022 finaliza el plazo para satisfacer el 40% pendiente. A estos efectos:

  • Si optó por domiciliar el pago, bastará con asegurarse de que el 7 de noviembre haya saldo suficiente en su cuenta bancaria (Hacienda lo cargará en su cuenta en esa fecha).
  • Si no domicilió el pago, podrá hacer efectivo este segundo pago en cualquier entidad financiera hasta el 7 de noviembre.

 

Si fraccionó el segundo pago de su IRPF y tiene dudas al respecto, consúltenos. Nuestro profesionales le informarán sobre cómo actuar en estos casos.

Debe realizarse hasta el próximo 7 de noviembre.

Cuando el resultado de la declaración del IRPF resulta a ingresar, los contribuyentes pueden acogerse al fraccionamiento que ofrece Hacienda en estos casos, haciendo efectivo un 60% de la suma a ingresar dentro del plazo legal de declaración e ingresando el 40% más adelante. Este fraccionamiento puede realizarse sin devengo de intereses de demora ni recargos, y tampoco deben aportarse garantías.

Pues bien, si al presentar su declaración de IRPF de 2021 optó por dicho fraccionamiento, recuerde que el próximo 7 de noviembre de 2022 finaliza el plazo para satisfacer el 40% pendiente. A estos efectos:

  • Si optó por domiciliar el pago, bastará con asegurarse de que el 7 de noviembre haya saldo suficiente en su cuenta bancaria (Hacienda lo cargará en su cuenta en esa fecha).
  • Si no domicilió el pago, podrá hacer efectivo este segundo pago en cualquier entidad financiera hasta el 7 de noviembre.

 

Si fraccionó el segundo pago de su IRPF y tiene dudas al respecto, consúltenos. Nuestro profesionales le informarán sobre cómo actuar en estos casos.

Debe realizarse hasta el próximo 7 de noviembre.

Cuando el resultado de la declaración del IRPF resulta a ingresar, los contribuyentes pueden acogerse al fraccionamiento que ofrece Hacienda en estos casos, haciendo efectivo un 60% de la suma a ingresar dentro del plazo legal de declaración e ingresando el 40% más adelante. Este fraccionamiento puede realizarse sin devengo de intereses de demora ni recargos, y tampoco deben aportarse garantías.

Pues bien, si al presentar su declaración de IRPF de 2021 optó por dicho fraccionamiento, recuerde que el próximo 7 de noviembre de 2022 finaliza el plazo para satisfacer el 40% pendiente. A estos efectos:

  • Si optó por domiciliar el pago, bastará con asegurarse de que el 7 de noviembre haya saldo suficiente en su cuenta bancaria (Hacienda lo cargará en su cuenta en esa fecha).
  • Si no domicilió el pago, podrá hacer efectivo este segundo pago en cualquier entidad financiera hasta el 7 de noviembre.

 

Si fraccionó el segundo pago de su IRPF y tiene dudas al respecto, consúltenos. Nuestro profesionales le informarán sobre cómo actuar en estos casos.