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Plazos de Conservación de la Documentación en la Empresa.

Una vez presentadas en plazo las declaraciones fiscales y mercantiles, los plazos en términos generales y resumiendo mucho son los siguientes:

FISCALES

Cuatro años para los libros contables y soportes documentales.

MERCANTILES

Seis años para los libros contables.

FACTURAS DE INMOVILIZADO

Toda la vida de imputación del gasto amortizable más cuatro años.

BASES NEGATIVAS EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES

Hay que conservar la documentación desde que se generan hasta que son compensadas más cuatro años. No habiendo límite temporal para la compensación de bases imponibles negativas.

LABORAL

En el caso del registro de jornada de trabajo hay que conservarlo durante cuatro años.

Hay que destacar que, en cualquier caso, no podemos recomendar la destrucción de ningún tipo de documentación de la empresa, puesto que nunca sabremos cuándo la podríamos necesitar. Piénsese por ejemplo en un proceso judicial, o en una reclamación entre socios. Tener documentación y pruebas disponibles en caso de necesidad siempre es interesante.

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