A partir del 2023, se aplicaran cambios en los alquileres de no residentes de locales en España que deberán repercutir en el IVA

En España, la ley tributaria ha sido modificada en relación con el alquiler de locales por no residentes. A partir del 1 de enero de 2023, los no residentes que alquilen locales en España deberán repercutir el impuesto sobre el valor añadido (IVA) en lugar de sus propietarios. Esta modificación se realiza con el objetivo de equiparar el tratamiento tributario de los alquileres a los que se les aplica el IVA y los que no. En este artículo se detallarán los cambios y las implicaciones que tendrán para los no residentes que deseen alquilar un local en España.

En caso de que un ciudadano español posea un establecimiento en España y lo alquile a una compañía, se encuentra en la posición de tener que aplicar el IVA correspondiente. Sin embargo, ¿qué sucede si el propietario no reside en el país? ¿Debe dicho individuo también aplicar la tarifa en cuestión?

En España, la ley tributaria ha sido modificada en relación con el alquiler de locales por no residentes. A partir del 1 de enero de 2023, los no residentes que alquilen locales en España deberán repercutir el impuesto sobre el valor añadido (IVA) en lugar de sus propietarios. Esta modificación se realiza con el objetivo de equiparar el tratamiento tributario de los alquileres a los que se les aplica el IVA y los que no. En este artículo se detallarán los cambios y las implicaciones que tendrán para los no residentes que deseen alquilar un local en España.

Hasta el año 2022, en la mayoría de los casos, el no residente no tenía la obligación de incluir el impuesto en el precio final. Se daba el caso de “inversión del sujeto pasivo”, por el cual era el empresario arrendatario quien debía autorepercutirse el IVA cuando se alquilaba un local. No obstante, a partir de 2023 esta regla ha cambiado y el arrendador no residente debe incluir el IVA correspondiente y pagarlo en España en todos los casos. Por lo tanto, el arrendador debe obtener un NIF (si no lo tiene todavía) y presentar sus propias autoliquidaciones de IVA ante la Hacienda española.

¿Qué implica la modificación de la ley tributaria?

La modificación de la ley tributaria en España en relación con el alquiler de locales por no residentes implica que estos deberán repercutir el IVA. Anteriormente, eran los propietarios quienes debían aplicar este impuesto y luego declararlo y pagar la cantidad correspondiente a la Hacienda pública. Esta modificación se realizará a partir del 1 de enero de 2023 y afectará a todos los no residentes que alquilen locales en España.

¿A quiénes afectará esta modificación de la ley tributaria?

La modificación de la ley tributaria afectará a todos los no residentes que alquilen locales en España. Esto incluye tanto a personas físicas como jurídicas. Se considera no ser residente a toda persona que no tenga residencia fiscal en España. Por tanto, esta modificación no afectará a los residentes fiscales en España.

¿Cómo se calculará el IVA?

El IVA que deberán repercutir los no residentes que alquilen locales o pisos en España se calculará de la misma manera que se calcula el IVA en cualquier otra transacción. El IVA es un impuesto que se calcula sobre el valor añadido en cada transacción y se aplica en cada una de las etapas de producción y distribución de bienes y servicios.

¿Cómo se aplicará el IVA en el alquiler de locales por no residentes?

El IVA que deberán repercutir los no residentes que alquilen locales en España deberá ser aplicado en el momento del pago del alquiler. Es decir, el inquilino deberá aplicar el porcentaje correspondiente de IVA sobre el importe del alquiler y pagarlo a su arrendador.

¿Cómo afectará esta modificación a los contratos de alquiler ya existentes?

La modificación de la ley tributaria afectará a todos los contratos de alquiler firmados a partir del 1 de enero de 2023. En el caso de los contratos de alquiler o alquiler vacacional ya existentes, se aplicará la modificación cuando se renueve el contrato o se realice una prórroga.

¿Qué ocurre si el inquilino no repercute el IVA correspondiente?

En caso de que el inquilino no repercuta el IVA correspondiente, se considerará que el arrendador ha realizado una entrega de servicios sin aplicar el IVA correspondiente. Por tanto, el arrendador deberá declarar el importe correspondiente y pagar el IVA declarado en las rentas a la Hacienda pública.

¿Qué sucede si el inquilino no tiene residencia fiscal en España?

Si el inquilino no tiene residencia fiscal en España, deberá nombrar a un representante fiscal en el país para poder cumplir con sus obligaciones fiscales a diferencia de los residentes con inmuebles en España. El representante fiscal será el encargado de repercutir el IVA correspondiente y realizar las declaraciones, pagos y tributación a la Hacienda pública.

¿Cómo afectará esta modificación a los precios de los alquileres?

Es posible que esta modificación afecte a los precios de los alquileres de locales en España. Al repercutir el IVA en lugar de los propietarios, es posible que los no residentes opten por aumentar los precios de los alquileres para compensar el coste adicional del impuesto. Por tanto, es importante que los arrendatarios tengan en cuenta esta modificación a la hora de establecer los precios de sus alquileres.

¿Qué medidas deben tomar los no residentes que alquilan locales en España?

Los no residentes que alquilan locales en España deben tener en cuenta esta modificación de la ley tributaria y prepararse para cumplir con sus nuevas obligaciones fiscales. Es importante que se informen adecuadamente sobre el cálculo y la aplicación del IVA en el alquiler de locales y que nombren a un representante fiscal si no tienen residencia fiscal en España.

Conclusiones

La modificación de la ley tributaria en España en relación con el alquiler de locales por no residentes es una medida importante para equiparar el tratamiento tributario de los alquileres a los que se les aplica el IVA y los que no. A partir del 1 de enero de 2023, los no residentes que alquilen locales en España deberán repercutir el IVA en lugar de sus propietarios. Esta modificación afectará a todas las personas físicas y jurídicas no residentes en España que alquilen locales. Es importante que los no residentes estén preparados para cumplir con sus nuevas obligaciones fiscales y que tengan en cuenta esta modificación a la hora de establecer los precios de los alquileres.

FAQs

  1. ¿Qué es el IVA? El IVA es un impuesto que se calcula sobre el valor añadido en cada transacción y se aplica en cada una de las etapas de producción y distribución de bienes y servicios.
  2. ¿Quiénes se consideran no residentes en España? Se considera no residente a toda persona que no tenga residencia fiscal en España.
  3. ¿Cómo se aplicará el IVA en el alquiler de locales por no residentes? El IVA que deberán repercutir los no residentes que alquilen locales en España deberá ser aplicado en el momento del pago del alquiler.
  4. ¿Qué sucede si el inquilino no repercute el IVA correspondiente? En caso de que el inquilino no repercuta el IVA correspondiente, se considerará que el arrendador ha realizado una entrega de servicios sin aplicar el IVA correspondiente.
  5. ¿Qué medidas deben tomar los no residentes que alquilan locales en España? Los no residentes que alquilan locales en España deben tener en cuenta esta modificación de la ley tributaria y prepararse para cumplir con sus nuevas obligaciones fiscales.

 

 

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